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Plan Relanza Subvenciones para trabajadores autónomos


 

El objetivo de esta subvención es colaborar con el mantenimiento y sostenibilidad de la actividad de las empresas y contribuir a mitigar las pérdidas económicas que la crisis sanitaria de la COVID-19 haya podido generar en sus negocios.

 

Quién la da:

Ayuntamiento de Madrid.

 

Hasta cuándo está en vigor:

El plazo de presentación de solicitudes es del 29 de julio al 30 de noviembre de 2021.

 

Beneficiarios de las ayudas:

El Plan Relanza de Madrid Emprende va dirigido a trabajadores  autónomos que presten su actividad económica en el municipio de Madrid.

 

Requisitos del beneficiario de la ayuda:

  1. Estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) el 1 de enero de 2019 y no haber causado baja durante dicho año, 2020 y 2021.
  2. Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios e Impuesto de Actividades Económicas.
  3. Que su actividad se encuadre en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso de alta en dos o más epígrafes del IAE solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos actividades diferentes.
  4. Que la sede de la empresa o el local donde se desarrolla o se presta la actividad económica se encuentre en el término municipal de Madrid.
  5. Que su empresa se haya visto perjudicada como consecuencia de la emergencia sanitaria
  6. provocada por el brote del coronavirus COVID-19 provocando una minoración de, al menos, un 50% del rendimiento neto de 2020 con relación al declarado en 2019.
  7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid.
  8. No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  9. Cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones a los beneficiarios.
  10. Quedan excluidos los autónomos societarios (tener acciones o participaciones de la sociedad y llevar a cabo funciones gerenciales, directivas o trabajar en ella; las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación).

Importe de la ayuda:

A través de esta línea de ayudas, los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria Ayudas a autónomos Plan Relanza 2021, podrán recibir una subvención por importe de 3.000 euros a fondo perdido.

 


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