Quién la da:
Fondo Social Europeo a través de la Fundación ONCE.
Tipos de ayudas:
La ayuda económica a fondo perdido que ofrece Fundación ONCE en calidad de Organismo Intermedio del Programa Operativo FSE de Inclusión Social y Economía Social, 2014-2020, en adelante POISES, a proyectos de emprendimiento, mediante la fórmula del autoempleo o la constitución de empresas del ámbito de la economía social, tiene la finalidad de fomentar la creación de empleo, la mejora de la empleabilidad y la inserción socio laboral de las personas con discapacidad, impulsando sus capacidades, espíritu emprendedor y necesidades del tejido empresarial, a través de proyectos viables y sostenibles, que respondan a las demandas reales del mercado laboral actual.
Hasta cuándo está en vigor:
Desde el 8 de Octubre de 2018 hasta el 31 de Diciembre de 2021.
Beneficiarios de las ayudas:
Personas con discapacidad, que no hayan recibido ayuda por parte de Fundación ONCE en los últimos 5 años, demandantes de empleo, ya sea por desempleo o por mejora, que tengan previsto o hayan puesto en marcha su propio proyecto empresarial, generando a su vez su propio empleo (de forma individual o como persona jurídica6 y siempre que se cumplan los requisitos que se detallan en la convocatoria.
Perfil del solicitante:
Personas con discapacidad, con grado igual o mayor del 33%, pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio.
Personas con nacionalidad española o ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
También podrán hacerlo los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que les habilite para trabajar.
Situación laboral:
Todos los solicitantes deberán acreditar la demanda de empleo, ya sea por desempleo o por mejora de empleo, expedida por el Servicio Público de Empleo.
Si en el momento de la solicitud, el emprendedor está compaginando su trabajo por cuenta ajena y su nuevo trabajo como autónomo por el que solicita ayuda, deberá acreditar la compatibilización de ambos empleos, o si fuese el caso, la contratación de la/s persona/s con discapacidad indispensables para asegurar la viabilidad del proyecto empresarial objeto de solicitud.
Si el solicitante ha iniciado ya su actividad empresarial, su alta como autoempleado no podrá ser anterior a 18 meses desde el momento de presentar su solicitud.
Para quienes ya estuviesen de alta anteriormente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y el motivo de la presentación de su solicitud sea comenzar una nueva y diferente actividad económica, por cese de la actividad que estaba ejerciendo hasta el momento o por compatibilizar la anterior con otra nueva, deberá acreditar que el alta censal de la nueva actividad no es anterior a 18 meses a contar desde la fecha de presentación de su solicitud.
Igualmente, como se ha indicado anteriormente, si va a compatibilizar con otra actividad, deberá acreditarse la viabilidad de ejercer ambas al mismo tiempo.
No serán beneficiarios de esta convocatoria, autónomos colaboradores que modifiquen su estado para ser titulares del mismo negocio al que estaban adscritos como colaboradores.
Emprendimiento colectivo:
Si se constituye como persona jurídica (Sociedad Civil, Sociedad Limitada, Anónima, Laboral, Cooperativa, etc..., los emprendedores que tengan reconocida una discapacidad deberán ostentar al menos el 51% de la participación y el poder de representación legal / administración de la empresa.
En el caso de socios emprendedores con discapacidad intelectual o de otro tipo, que estén en situación de tutela, podrán valorarse otras situaciones en lo que se refiere a la participación y representación, siempre que se dé la participación en la actividad de alguna entidad especializada en la atención y representación del colectivo del que se trate, que vele por los intereses de los emprendedores con discapacidad, o bien de las personas físicas o jurídicas que ostenten la patria potestad o tutela de la persona/s con discapacidad emprendedora/s.
Respecto a la actividad económica por la que se solicita la ayuda:
La actividad empresarial debe estar inscrita y tener su sede en territorio español.
No serán beneficiarios de esta convocatoria, quienes están trabajando por cuenta propia, y a su vez vayan a ampliar la misma actividad empresarial con otras líneas de productos / servicios. Ni aquellos que, por cumplir requisitos, cesen la actividad que ya estaban ejerciendo y vuelvan a darse de alta en la misma.
Importe de la ayuda:
Los solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria, podrán optar a una ayuda económica fija y mínima, a fondo perdido, de 3.000 euros, como apoyo a su inserción laboral, mediante la fórmula del autoempleo.
Adicionalmente, se incrementará la cuantía de la ayuda a conceder, si el proyecto cumple alguno de estos factores:
A) Situación socio-laboral del solicitante:
B) Fomento del empleo de personas con discapacidad:
C) Fomento de sectores en crecimiento: 3.000 euros, en el caso de estar incluido en uno o varios de los siguientes sectores:
No obstante, la suma total de la ayuda a conceder, no será en ningún caso superior a 18.000 euros.
Compatibilidad connotras ayudas:
Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras, públicas y/o privadas. En el caso de que el solicitante haya obtenido ayuda de otra entidad, será éste quien deberá comunicar a la entidad concedente la ayuda solicitada o ya concedida por Fundación ONCE.
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