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¿Puedo tener más de un trabajo?


 

A la  pregunta de si puedo tener más de un trabajo te decimos que claro que sí puedes tener más de un trabajo. No obstante, lo que tendrás que tener en cuenta es que las diferentes empresas para las que trabajes estén al tanto de este dato, por temas de exclusividad y de retención de IRPF.

 

En cuanto al tema fiscal, las empresas te pueden estar reteniendo por debajo de lo que te corresponda y esa diferencia será la que Hacienda te reclamará a la hora de hacer la declaración de la renta. Debes saber que si tu salario bruto está por debajo de 22 mil euros anuales no tienes obligación de realizar la declaración de la renta, pero si tienes más de un pagador y la suma de lo cobrado por parte del segundo o más pagadores supera los 1.500 euros anuales sí deberás realizar la declaración, aunque tus ingresos por tu trabajo principal no superen los 22 mil euros anuales.

 

Resumiendo:

  • Con un pagador y menos de 22 mil euros de salario bruto anuales estás exento de hacer la declaración de la renta.
  • Con un salario de menos de 22 mil euros anuales, pero con ingresos superiores a 1500 euros anuales por parte de un segundo o más pagadores debes hacer la declaración, por lo que si alguno de los pagadores te ha aplicado un IRPF inferior a lo que te corresponde,  Hacienda te reclamará la diferencia y tendrás que pagarlo sí o sí.

Te pongo unos ejemplos:

  • Si trabajas en un taller como mecánico a jornada completa (40 horas semanales) con un sueldo de 17.000 euros anuales no tendrás obligación de realizar la declaración de la renta, lo que significa que, si la empresa te retuvo por debajo de lo debido, al no tener obligación de realizar la declaración, Hacienda no te reclamará la diferencia de lo retenido a lo que te debían retener, es decir, sales ganando. El problema puede venir si por tus circunstancias, como estar a cargo de persona mayor, hijos, discapacidad, alquiler o compra de piso que por la fecha en la que se inició o se adquirió, dieran lugar a desgravación, entonces quizás sí te compensaría realizar la declaración de la renta. Si es así y tienes dudas sobre si realizarla o no, siempre puedes ver el borrador de tu declaración y si te sale a devolver entonces la presentas y si te sale a pagar pues no la presentas.
  • Ahora imagina que trabajas en un taller como mecánico a jornada completa (40 horas semanales) con un sueldo de 16.000 euros anuales, pero a la vez estás contratado como vigilante de seguridad para trabajar esporádicamente en eventos deportivos y por las pocas veces que llevaste a cabo esta última labor lo ganado por tu segundo trabajo no supera los 1.500 euros ANUALES, entonces no tendrás obligación de realizar la declaración de la renta, con lo que si alguna de las dos empresas te ha retenido menos de lo debido, no tendrás que pagar la diferencia.
  • Si trabajas en un taller como mecánico a jornada completa (40 horas semanales) con un sueldo de 16.000 euros anuales y a la vez trabajas puntualmente con contrato en un bar y tus ingresos anuales por este segundo empleo ascienden a 6.000 euros, entonces estás obligado a realizar la declaración de la renta y si alguna de las dos empresas te retuvo por debajo de lo debido Hacienda te reclamará la diferencia, y no vale esconder la cabeza como el avestruz y no hacer la declaración porque entonces llegarán las multas, los recargos e incluso los embargos de nómina o propiedades. ¡Mucho ojo con eso!

Este último caso es el más habitual y por el que muchos ciudadanos se quejan de que tener más de un trabajo no compensa. Lo que hay que tener muy en cuenta son los tipos de IRPF que se nos aplican por parte de cada empresa para que luego no lleguen las sorpresas.

 

También se puede dar el caso de que, tras estar trabajando en una empresa, cuyo salario anual es de 17.000 euros y por el cual no estoy obligado a realizar la declaración de la renta, bien por despido o por mejora profesional decida cambiar de trabajo y este nuevo empleo me aporte un salario bruto de 18.000 euros, cuantía por la que también estaría exento de realizar la declaración. Entonces, con total seguridad, si lo ganado en el nuevo trabajo supera los 1.500 euros anuales, al año siguiente me veré obligado a realizar la declaración de la renta.

 

Todo esto puede parecer algo complicado, pero es una cuestión meramente matemática.


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