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FUNDACIÓN  MAPFRE - ACCEDEMOS - Ayudas para empresas y autónomos para la contratación de desempleados y personas desempleadas


Quién la da:

Fundación Mapfre - ACCEDEMOS. Ayudas a la contratación de personas desempleadas.

 

Tipos de ayudas a la contratación:

  • Ayudas para el mantenimiento de empleo de aquel trabajador en situación de alta que determine el empleador, siempre y cuando cumpla con las dos condiciones siguientes:
    • La contratación se haya producido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
    • El empleador no haya reducido plantilla entre el 1 de enero de 2020 y la fecha de solicitud de esta ayuda.
  • Ayudas para la generación de empleo para una persona mayor de edad, siempre y cuando cumpla con las dos condiciones siguientes:
    • La contratación se haya producido en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2021.
    • El nuevo empleado hubiera estado al menos 30 días en situación legal de desempleo con carácter previo a su contratación.

Dirigido a:

Empresas y autónomos.

 

Hasta cuándo está en vigor: 

Comienza el 23 de marzo de 2021 y finalizará cuando se concedan las ayudas a la contratación de desempleados previstas o, en su defecto, el 30 de septiembre de 2021. 

Qué empresas se pueden presentar: Pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con hasta 6 empleados. Podrán solicitar una única ayuda en esta convocatoria extraordinaria.

 

Requisitos de la persona contratada: 

  • Persona mayor de edad, en situación legal de desempleo mínimo los 30 días previos a la contratación
  • La ayuda al empleo no se podrá otorgar sin que la relación laboral entre empleador y empleado exista de antemano y esté en vigor en el momento de la solicitud.
  • Aquellos empleadores que hayan sido beneficiarios de una ayuda en la anterior convocatoria extraordinaria Covid y/o en la convocatoria 2020 no podrán solicitar una nueva ayuda en esta edición.

Qué contratos hay que hacer y por cuánto tiempo tiene que estar en la empresa: 

Tanto los nuevos contratos suscritos como los existentes deberán ser preferiblemente indefinidos, aunque se aceptarán el resto de las modalidades vigentes, salvo el contrato por obra y/o servicio y el autoempleo.

La duración mínima del contrato de trabajo a partir de la solicitud de la ayuda debe ser de 9 meses.

No se admitirán solicitudes con jornadas laborales de menos de 20 horas semanales.

 

Cuánto dinero nos dan:

500 ayudas a la contratación, con una duración máxima de nueves meses completos de contrato. 

  • Media Jornada: Una ayuda por valor de hasta 2.700€ en total (distribuidos en mensualidades de hasta 300€)
  • Jornada completa: Una ayuda por valor de hasta 4.500€ en total (distribuidos en mensualidades de hasta 500€)

Bases convocatoria


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